Desmontando las mentiras de la amnistía

Teresa Freixes — Conferencia Magistral en Bruselas (11/10/23)

Ciudadanos Europa
8 min readOct 16, 2023

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El pasado 11 de octubre, en el Parlamento Europeo en Bruselas, la prestigiosa catedrática de Derecho Constitucional Teresa Freixes ofreció una charla magistral bajo el título “Desmontando las mentiras de la amnistía” para reflexionar sobre las consecuencias jurídicas de una posible ley de impunidad y el papel que Europa puede jugar en la crisis constitucional que vive España.

España se encuentra sumida en un debate sobre una posible ley amnistía por una única razón: Sánchez necesita seis votos para su investidura. Todo lo demás es palabrería. Pero entremos en esa palabrería, porque hay que tener razones para decir que esta ley no nos convence ni jurídica ni nos políticamente.

No lo digo yo. Lo dicen una gran cantidad de juristas importantes con experiencia: ex presidentes del Tribunal Constitucional, exvicepresidentes, antiguos magistrados de todas las orientaciones: Manuel Aragón Reyes, propuesto por el Partido Socialista: Ramón Rodríguez Arribas, por el Partido Popular; Encarnación Roca, por un pacto entre Convergencia y el PSC… No podemos pensar que todos ellos estén imbuidos de una ideología, aunque cada uno supongo que tiene la suya. Pero todos coinciden en que es muy difícil encajar la amnistía en la Constitución.

EL CONSTITUYENTE DEL 78 DEJÓ FUERA DEL TEXTO LAS AMNISTÍAS

Nuestro sistema constitucional nace en 1978 con la Constitución que aprobamos todos en referéndum. Antes, en 1977, se aprobó una ley de Amnistía. ¿Por qué? Dejábamos atrás la dictadura y queríamos construir la democracia pluralista que ahora tenemos y que hay que mantener y que hay que conservar. Cuando esta Constitución se estaba elaborando en la Asamblea Constituyente, tanto en el Congreso como en el Senado — hay gente que se olvida del Senado — se presentaron dos enmiendas en el Congreso para que el texto recogiera también la posibilidad de que las Cortes — y le daba la competencia a las Cortes — elaborasen una ley de Amnistía (enlace noticia EP o archivo congreso).

Las dos enmiendas se rechazaron de plano, hubo un rechazo explícito de ambas cámaras. Es decir, la Constitución no olvidó regular la amnistía, es que no se quiso introducir. La voluntad constituyente era que se aplicase la ley de la Amnistía de 1977 y que nunca más tuviéramos que volver a plantearnos la posibilidad de tener que amnistiar absolutamente nada.

LO QUE NO ESTÁ PROHIBIDO NO SIEMPRE SE PUEDE HACER

Queda claro que los constituyentes rechazaron prever la amnistía, no es que se les olvidara. Hoy, sin embargo, algunos interpretan el silencio constitucional como barra libre, que todo lo que la Constitución no prohíbe, se puede hacer. Y es verdad que este es un eje del Estado liberal, pero también lo es que los poderes públicos están sujetos también al principio de atribución: únicamente pueden hacer aquello que las leyes les atribuyen, sobre todo cuando son cosas realmente fundamentales.

¿Cómo se conjugan a la vez estos dos principios? La Comisión de Venecia (enlace Comisión de Venecia, qué es, la web o algo así) nos ofrece indicadores para tomar decisiones en asuntos de sensibilidad constitucional: pueden tomarse, pero cuando son realmente muy deseadas, sujetas a amplias mayorías. Afectan a la esencia misma del sistema constitucional, no pueden ser nunca decisiones tomadas por una simple mayoría en un momento concreto. Deben tener vocación de permanencia y requieren por tanto grandes consensos. No es el caso precisamente de la ley de amnistía.

UN JUICIO GARANTISTA Y POR TELEVISIÓN…

Hay que defender también nuestro sistema judicial. Lo que aquí se plantea es la aplicación de la amnistía a personas que fueron juzgadas en un juicio retransmitido por televisión, que vimos todos, con todas las garantías, con nuestra legislación procesal, que es de las más garantistas que existen, y que empezaron siendo acusados de rebelión y acabaron siendo condenados de sedición

Lo digo por el asunto del análisis de la proporcionalidad, que también se exige y que en este caso se dio: encaja bien en el tipo penal, no encaja, sería proporcional la pena que correspondería a ese delito… Todo eso el tribunal lo sopesó y así consta en su sentencia: se les condena por sedición, por unos actos muy claros como la aprobación de leyes manifiestamente anticonstitucionales dirigidas a segregar una parte del territorio nacional. No eran cualquier cosa, sino que estaban dirigidas a eso.

En las constituciones de los Estados europeos, en la mayor parte, intentar segregar una parte del territorio nacional se califica como delito de alta traición. En nuestro caso, equivaldría a la sedición. Ahora no, porque lo eliminaron, pero en su momento fue equivalente a la sedición. Entonces resulta que vamos a aplicar una amnistía a supuestos que en otros Estados de la UE serían calificados como de alta traición.

… SOBRE DELITOS QUE QUEDAN BORRADOS

Lo que hace la amnistía, a diferencia del indulto, es borrar el delito. Considera que aquellos actos no tenían que haber sido delito y que, por lo tanto, las penas que les pudieran corresponder no hubieran tenido que existir. Esto es lo que ocurrió con la amnistía de 1977, que se dicta sobre actos que eran delito de acuerdo con la legislación franquista. Se consideró que no tenían que haberlo sido porque la mayor parte de ellos habían sido delitos de opinión, de creación de partidos políticos, de sindicatos, del ejercicio del derecho de manifestación… Derechos que después se consideraron a veces fundamentales en la Constitución.

Entonces, es lógico dictar una amnistía para considerar no delictivos aquellos actos que nunca hubieran tenido que serlo. Pero estábamos en una dictadura. Choca pensar que en una democracia homologable como la actual se haya perseguido conductas que no se tenían que haber perseguido.

Esta amnistía borraría todas las condenas que se produjeron. Por lo tanto, si a alguien le queda algo por cumplir o fuera condenado — porque hay muchos procesos abiertos todavía — eso evidentemente decaería. Borraría también la malversación, decaerían las penas accesorias de inhabilitación que todos los condenados llevaban consigo.

Es decir, que el año que viene los tenemos presidiendo la Generalitat. Porque todo eso desaparece. Al mismo tiempo, también implica que aquellos que se fugaron y no han podido ser juzgados no lo serán ya. Es decir, salen ya con una alfombra voladora que les lleva directamente a la consideración de patriotas. En vez de ser golpistas, que es lo que fueron, pues van a ser considerados patriotas. Y eso no lo puede tolerar la sociedad constitucionalista catalana. Porque ha sufrido mucho durante todos estos últimos años.

EL MITO DE LA CONVIVENCIA

Entramos ahora en la justificación que puede tener esta ley: va a favorecer la convivencia. Pero nunca se favorece la convivencia con una injusticia. El sentimiento de injusticia no ayuda en absoluto a que la convivencia mejore.

Es más, la convivencia está empeorando otra vez de una manera bastante radical. Parecía que mejoraba, al menos en actividades de esas que llaman mucho la atención y que nos devolvían a la Semana Trágica. Hay fotografías de la Barcelona de aquellos días de 2017 muy parecidas a las de la Semana Trágica, las hogueras, el humo, Barcelona en llamas. Digamos que lo que ocurre hoy no es tan exagerado como en aquellos momentos. En la educación y en la universidad, las organizaciones del secesionismo ponían carteles con las listas de los nombres de los profesores que no les gustaban y a los que había que señalar. Pero es que ahora es la Generalitat la que pone los buzones. ¿Podemos llamar a esto mejoría? Más bien es todo lo contrario, porque desde la institucionalidad se está quebrantando la convivencia. Es lo que sucede también en el comercio. ¿Y las empresas que se han ido de Cataluña, van a volver o va a suceder como con Quebec, que ya no volvieron nunca?

Pero son realidades que trascienden poco. Ya en los primeros años 80 se empezaron a recibir telegramas como los que el profesorado está recibiendo ahora: no acredita usted el nivel C de catalán y por lo tanto vamos a prescindir de sus servicios. Si uno era funcionario, se añadía esta coletilla: o pide usted destino fuera o se le buscará de oficio. Bueno, ha habido más de 15.000 enseñantes que se han ido de todos los niveles, desde la educación básica hasta la universidad. Esto es un dato objetivo, está contabilizado, yo he visto esos telegramas. Yo tengo discípulos en la universidad con más de 20 años de antigüedad, incluso, que reciben este telegrama: si no acredita usted el nivel C de catalán, nos veremos obligados a prescindir de su servicio.

Francamente, no veo por ningún lado esa mejora de la convivencia. Si al menos los posibles amnistiados reconocieran que han metido la pata, esto no lo hubiéramos tenido que hacer, vamos a rectificar…

PUERTA ABIERTA A UN REFERÉNDUM DE INDEPENDENCIA

Queda además la cuestión del después. La amnistía favorecería de una manera clarísima que inmediatamente entráramos en el terreno de un referéndum pretendidamente de autodeterminación. Para variar, apelan a que el derecho internacional lo cubre. La carta de Naciones Unidas lo menciona, evidentemente que lo menciona: en el mundo todavía hay territorios y pueblos, sobre todo pueblos, porque la autodeterminación es de los pueblos, no es de los territorios, que tienen que autodeterminarse, que tienen que decidir qué es lo que quieren ser. Hay una página web en la ONU que indica cómo van avanzando todos esos procesos.

Pero hay que revisar los convenios, tratados y resoluciones que regulan esta autodeterminación. Y la regulan de dos maneras. Por una parte, como autodeterminación de pueblos coloniales; la otra vía que reconoce el derecho es cuando en un Estado existen minorías sojuzgadas. Que no nos digan que Cataluña es una colonia ni los catalanes una minoría sojuzgada, en todo caso lo somos aquellos a los que la Generalitat nos quiere excluir por ‘malos catalanes’. No lo podemos tolerar de ninguna de las maneras. ¿Con un Parlamento propio, que tiene su propia policía, su propia sanidad, sus enseñantes, el elenco de competencias?

Recuerdo una entrevista con el presidente de la Asamblea flamenca de Bélgica; cuando le expliqué las competencias y el presupuesto que tenía la Generalitat, me dijo: “¿Y esto para ocho millones de habitantes?” Se quedó alucinando. Esto no es una colonia. Si no fuera porque la Constitución nunca habló de federalismo, yo diría que esto es un estado federal, pero con todas las de la ley. Que se reclame la autodeterminación es un insulto, porque tenemos todo un bagaje de estado democrático y de competencias.

La Comisión de Venecia tiene un muy interesante manual de buenas prácticas sobre la realización de elecciones y otro muy interesante sobre la realización de referéndums: cuándo son legítimos, previsiones constitucionales, legales, organización… ¿Pero quién estaría llamado a pronunciarse? ¿Sólo los catalanes ¿En una materia de interés constitucional puede decidir la parte por el todo? En nuestra Constitución y en nuestro sistema constitucional, desde la Constitución de Cádiz, la soberanía reside en la nación.

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